Universidad de Nariño
RESOLUCIÓN N° 464
(noviembre 08 de 2022)
Por la cual se fija el número de cupos, los criterios de inscripción, la asignación y el cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2023.
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En ejercicio de sus atribuciones estatutarias y reglamentarias, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Proposición N° 001, del 5 de septiembre de 2022, el director del Liceo de la Universidad de Nariño propone fijar el número de cupos, los criterios de inscripción, la asignación y el cronograma para los grados de transición del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2023.
Que, según la Constitución Política de Colombia, la educación es un derecho fundamental y un servicio que cumple una función social a cargo del Estado, la Sociedad y la Familia, la cual es obligatoria y comprende como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
Que es necesario garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la equidad en los procesos de admisión para el ingreso al Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, con base en los principios Liceístas establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Que es necesario establecer procesos claros de asignación de cupos y matrículas que permitan optimizar el acceso al servicio educativo en condiciones de eficiencia y equidad, teniendo en cuenta la alta demanda de cupos que presenta la Institución.
Que el Acuerdo 194 de 1993, Estatuto General de la Universidad de Nariño, en su artículo 25, literal p) consagra como función del Consejo Académico aprobar o modificar los reglamentos de las Facultades y del Liceo de Bachillerato.
Que la Resolución No. 07797 del Ministerio de Educación Nacional de 29 de mayo de 2015 en su Artículo 10 establece el orden de prioridad para la asignación de cupos.
Que la Resolución 1207 del 29 de abril de 2022 de la Secretaria de Educación de Pasto, establece el proceso de gestión de la cobertura educativa para el año 2023 y en su artículo 1.10 señala el orden de prioridad para la asignación de cupos.
Que el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño contempla en su plan de estudios áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales que corresponden al 80% y grupos de áreas, asignaturas o proyectos que ha seleccionado la Institución para el logro de los objetivos del Proyecto Educativo Liceísta que corresponden al 20%.
Que mediante Acuerdo N°. 300 del 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir los actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que la Resolución No. 1207 del 29 de abril de 2022, de la Secretaría de Educación de Pasto, en el artículo 1.10, literal b, fija los criterios para la asignación de cupos a estudiantes nuevos así:
- Estudiantes en condición de discapacidad.
- Estudiantes que vayan a ingresar al grado de transición o grado obligatorio de preescolar.
- Estudiantes pertenecientes a población víctima del conflicto armado.
- Estudiantes en condición de vulnerabilidad.
- Estudiantes que tengan hermanos ya vinculados al establecimiento educativo estatal.
- Estudiantes que abandonaron el sistema educativo y manifiesten su intención de reingresar.
- Estudiantes que de acuerdo con la Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y Adolescencia, se encuentren en el Sistema de Responsabilidad Penal para AdolescenteSRPA (adolescentes entre los 14 a los 18 años). La Secretaria de Educación Municipal seguirá los lineamientos establecidos en las diferentes normas, para atender esta población.
- Los demás estudiantes que se hayan inscrito durante el proceso.
- Estudiantes no inscritos durante el proceso y que requieran ser matriculados en el sistema educativo estatal.
Que el calendario, procesos y asignación de cupos se analizaron según los criterios establecidos a nivel institucional, de acuerdo con el número de estudiantes matriculados y la proyección del número de alumnos para el siguiente año lectivo.
En consecuencia,
LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA
RESUELVE:
Articulo 1º.
Aprobar el número de cupos, los criterios de inscripción, la asignación y el cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2023.
Articulo 2º.
Aprobar treinta y dos (32) cupos para estudiantes nuevos en el GRADO DE TRANSICIÓN, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Resolución 1207 del 29 de abril de 2022 de la Secretaria de Educación Municipal de Pasto y en la Resolución 07797 del Ministerio de Educación Nacional.
Dado en San Juan de Pasto, a los ocho (8) días del mes de septiembre de 2022.
Original Firmado
JORGE FERNANDO NAVIA ESTRADA
Vicerrector Académico