UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 0766 DE 2019
(Noviembre 1)
Por la cual se dan a conocer los resultados consolidados de pruebas de conocimiento del aspirante 12988894 del concurso docente de tiempo completo año 2019 de Música
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 074 de primero de diciembre de 2017 el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño, aprobó el Plan de Vinculación Docente 2018-2020, en atención a la propuesta elaborada por la Administración Central y presentada a través del Consejo Académico.
Que en el presupuesto de la vigencia 2019 se encuentran incorporados los recursos financieros para cubrir los costos del Plan de Vinculación aprobado por el Consejo Superior.
Que mediante Acuerdo 035 de junio 11 de 2019 el Consejo Académico de la Universidad de Nariño aprobó los perfiles y autorizó a la Vicerrectoría académica para desarrollar el concurso de méritos con el objeto de vincular docentes tiempo completo en el año 2019 según el plan de vinculación 2018-2020.
Que la convocatoria aprobada por el Consejo Académico se abrió oficialmente el día 16 de junio de 2019, dando a la misma suficiente difusión en cumplimiento de los Artículo 14 y 15 del Acuerdo 012 de febrero 8 del 2018.
Que en aplicación del reglamento de vinculación docente proferido mediante Acuerdo 012 de 8 de febrero de 2017, se cumplieron por parte de la Vicerrectoría Académica todos los procesos relacionados con los capítulos I, II, III y IV y con los artículos primero a treinta y seis referentes a todos los procesos formales del concurso docente de Tiempo Completo.
Que los distintos comités de selección y evaluación constituidos en cada Departamento con el aval de la Vicerrectoría Académica, desarrollaron los procesos relacionados con la revisión de hojas de vida de todos los inscritos e informaron formalmente los resultados para que se procediera a convocar a la presentación de las pruebas de conocimiento a los aspirantes que cumplieron con los requisitos habilitantes.
Que la Vicerrectora Académica en cumplimiento del Acuerdo 012 de 2018, seleccionó a través de invitación pública a Universidades Acreditadas en Alta Calidad para la elaboración de las pruebas de conocimiento y recibió de ellas tanto los exámenes como las evaluaciones de las pruebas escritas y proyectos de investigación haciendo uso de los protocolos establecidos para tal fin.
Que la Vicerrectoría Académica mediante Resolución No. 0457 publicó la lista de aspirantes convocados y no convocados para presentar pruebas de conocimiento en las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019.
Que el señor LEONARDO ZAMBRANO RODRÍGUEZ, no fue convocado debido a que el comité de selección determino que no cumple con el título de pregrado solicitado en la convocatoria.
Que el señor LEONARDO ZAMBRANO RODRÍGUEZ, interpuso acción de tutela en contra de la Universidad de Nariño, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales de igualdad, debido proceso y trabajo, al no haber sido convocado a la prueba de conocimientos en el marco del concurso de méritos para proveer plazas de docentes tiempo completo, bajo la consideración de que no cumplía con el título de pregrado requerido en la convocatoria 2019-14.
Que el conocimiento de dicha acción de tutela correspondió por reparto al Juzgado Quinto Penal Municipal de Pasto con Funciones de Control de Garantías, a través del proceso radicado 2019-145, siendo admitida mediante auto del día 09 de septiembre de 2019.
Que el día 11 de septiembre de 2019, se presentó la respectiva contestación de tutela por parte del Departamento Jurídico, en la que se argumentó que el proceso de elaboración de los perfiles requeridos surtió todas las etapas establecidas, con transparencia y en aplicación del principio de autonomía universitaria, constatando que el accionante no ostentaba uno de los títulos de pregrado taxativamente permitidos.
Que mediante fallo de tutela de 25 de septiembre de 2019, notificado el día 27 de septiembre, el Juzgado Quinto Penal Municipal de Pasto con Funciones de Control de Garantías resolvió tutelar los derechos fundamentales invocados por el accionante y en consecuencia dispuso:
“PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso del señor LEONARDO ZAMBRANO RODRÍGUEZ identificado con la C.C. No. 12.988.894 expedida en Pasto, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: ORDENAR al representante legal de la UNIVERSIDAD DE NARIÑO o a quien haga sus veces, que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del presente fallo, admita al accionante dentro de la “convocatoria 2019-14 estructuras de la música” por cuanto el título de licenciado en pedagogía musical equivale al de músico con énfasis en pedagogía musical, de igual manera se ORDENA que cumplido con lo anterior de manera inmediata realice las gestiones necesarias para que el señor LEONARDO ZAMBRANO RODRÍGUEZ se pueda nivelar dentro de la convocatoria y pueda continuar con el proceso previsto para el concurso de méritos.
Que las providencias Judiciales son de obligatorio cumplimiento puesto que ello garantiza la existencia y funcionamiento del Estado Social y Democrático de Derecho, establecido en el artículo 1° de la Constitución Política.
Que la Corte Constitucional mediante sentencia T-832 de 2008 se refirió al cumplimiento de providencias judiciales en los siguientes términos:
“(…) en los casos en que un Juez de la República profiere una decisión judicial, y ésta, involucra la necesaria protección de derechos fundamentales, es indispensable que el fallo sea cumplido por la parte demandada, y sólo podrá controvertirse tal decisión, de conformidad con los procedimientos que para el efecto existan en la misma legislación; es decir, el cumplimiento de los fallos judiciales no está sometido a que la parte obligada lo considere conveniente o procedente. Cuando la parte obligada se encuentra en desacuerdo con la orden emitida por el juez, debe acudir a los mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico para controvertir la decisión, pues no le es dable a “mutuo propio” desconocerla por no compartirla.”
Que la Vicerrectoría Académica mediante Resolución No. 0666 convocó al aspirante 12.988.894 en cumplimiento al fallo de tutela proferido por el Juzgado Quinto Penal Municipal de Pasto con Funciones de Control de Garantías, dentro del proceso 2019-145.
Que mediante Acuerdo No. 066 de 16 de octubre el Consejo Académico estableció el nuevo cronograma del concurso tiempo completo estructuras de la música para el aspirante 12988894.
Que el artículo 38 del Acuerdo 012 de 2017 establece: “La Vicerrectoría Académica mediante resolución, publicará los resultados consolidados, sumando los puntajes obtenidos en la evaluación de las hojas de vida y la prueba de conocimientos. Con estos resultados se elaborará una lista de elegibles en estricto orden descendente de puntaje en caso de que los aspirantes obtengan el mínimo puntaje de 35 puntos. Se declarará ganador al aspirante que ocupe el primer lugar en la lista de elegibles. La resolución se publicará en la página web oficial de la Universidad de Nariño”.
Que en consecuencia de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Dar a conocer los resultados de las pruebas de conocimiento realizadas por los distintos aspirantes habilitados para el concurso de tiempo completo 2019-14, cuyos puntajes
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, el 1 día del mes de noviembre del año 2019
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica