UNIVERSIDAD DE NARIÑO
COMISIÓN DE ÉTICA ELECTORAL
CIRCULAR 001
Año 2017
DE:
PARA:
FECHA:
ASUNTO:
COMISIÓN ÉTICA ELECTORAL
COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN GENERAL
06 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017)
ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO NÚMERO 047 DEL 8 DE AGOSTO DE 2017 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO DE GARANTÍAS Y TRANSPARENCIA ELECTORAL”
Como es de su conocimiento, a través del Comunicado No. 009 del 04 de octubre de 2017 emitido por la Secretaria General de la Universidad de Nariño y el Comité Electoral, se modificó la jornada de elecciones para elegir Rector, Decanos y Directores de Departamento para el día MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017, lo anterior con el fin de prevenir eventuales alteraciones de orden público que vayan a afectar la tranquilidad y seguridad pública en los puestos de votación que impida el ejercicio libre del derecho constitucional fundamental del voto, con ocasión del paro agrario programado para el día 12 de Octubre de 2017.
Que en vista de ello, la Comisión de Ética Electoral como un organismo veedor para el desarrollo transparente de la vida democrática universitaria y el proceso electoral en la escogencia de sus autoridades académico administrativas de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto General, conmina a los candidatos postulados a los Cargos de RECTOR, DECANOS DE FACULTADES Y DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, PARA EL PERIODO ESTATUTARIO 1º DE ENERO DE 2018 – 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA EN GENERAL, al estricto cumplimiento del Acuerdo No. 047 del 8 de agosto de 2017, emanado por el honorable Consejo Superior Universitario, en el cual se dispone del reglamento para el mentado proceso.
Por consiguiente, se invita a toda la comunidad universitaria al desarrollo de este importante proceso democrático, con observancia de los valores institucionales y los principios de ética, transparencia, igualdad, equidad, imparcialidad y participación.
Para terminar, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente que regula la materia, se advierte que quienes violen los principios constitucionales de la democracia participativa e incumplan con las actividades señaladas en el Acuerdo 047 y en el régimen jurídico Electoral Colombiano, podrían ser objeto de sanción por parte de los organismos disciplinarios, de vigilancia y control.
Atentamente,
PEDRO PABLO CABEZAS
Presidente de la Asociación de Jubilados UDENAR
MARÍA ANGÉLICA INSUASTY CUÉLLAR
Jefe Oficina de Control Interno
SANTIAGO ERASO ROSERO
Representante del Consejo Superior Estudiantil