A través del siguiente espacio usted podrá formular las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones que tenga con respecto a una determinada dependencia administrativa o unidad académica de la Universidad de Nariño, es decir aquellas que surjan respecto al cumplimiento de la Misión de la Universidad como Institución de educación Superior, la calidad de los servicios ofrecidos y las actuaciones de sus funcionarios. Para ello, la Universidad realiza el tramite conforme a lo establecido en el procedimiento “Control de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones vigente en la Versión 6 a partir del 20 de Abril de 2012, identificado con el Código del Sistema Integrado de Gestión de Calidad (SGC-PR-05).

DEFINICIONES: Para realizar el procedimiento tenga en cuenta las siguientes consideraciones.

Petición:

Es toda expresión de conformidad o no con los productos y/o servicios ofrecidos por la Universidad. También es toda expresión de propuesta o solicitud de información que cualquier persona requiera. En esta definición se agrupan todas las formas en que una persona, entidad o usuario puede manifestarse ante la Universidad.

Quince (15) días para contestar peticiones o solicitudes de información.

Queja:

Manifestación verbal o escrita de insatisfacción hecha por una persona natural o jurídica o su representante con respecto a la conducta o actuar de un funcionario de la Universidad.

Diez (10) días hábiles para dar respuesta a la queja.

Reclamo:

Manifestación verbal o escrita de insatisfacción hecha por una persona natural o jurídica sobre el incumplimiento o irregularidad de alguna de las características de los productos o servicios ofrecidos por la Universidad.

Diez (10) días hábiles para dar respuesta al reclamo.

Sugerencia:

Propuesta que formula un usuario o institución para el mejoramiento de los servicios de la Universidad.

Treinta (30) días hábiles para atender sugerencias.

Felicitación:

Es la manifestación que expresa el agrado o satisfacción con un funcionario o con el proceso que genera el servicio.

Derecho de petición:

Es el derecho que constitucionalmente tiene toda persona para presentar y solicitar, respetuosamente, una petición por motivos de interés general o particular.

Quince (15) días para contestar Derechos de Petición.

Denuncia:

Narración de hechos presuntamente irregulares asociados a mala conducta o corrupción.

Para realizar la denuncia, debe brindarse información cierta, clara y específica del posible hecho o acto de corrupción y del servidor público o contratista que cometió la falta. La denuncia de corrupción o de conflictos de intereses debe relatar las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho denunciado, así: ¿qué ocurrió?, ¿cómo ocurrió?, ¿cuándo ocurrió?, ¿dónde ocurrió?, ¿quién lo hizo? y ¿quiénes participaron?. En caso de tenerlas, el denunciante debe aportar las pruebas de la denuncia.

En caso de presentarse denuncie a través del correo electrónico: cinterno@udenar.edu.co o disciplinario@udenar.edu.co

NOTA: RECHAZO DE P.Q.R.S; habrá lugar a rechazar la PQRS que sean presentadas en forma irrespetuosa o desobligante, utilizando amenazas, improperios, insultos, ofensas, afrentas, provocaciones o cualquier otra conducta semejante.

Medios de Respuesta: La retroalimentación se realizará por teléfono o por escrito (en medio físico o a través de correo electrónico)